Misión

 

Promoción y fomento de todas las actividades mineras tendientes a conseguir un mejor aprovechamiento de nuestros recursos minerales, su beneficio y comercialización, de manera ecológicamente sostenible, económicamente rentable y socialmente beneficiosa.

Visión

 
Establecer una Política Minera Nacional, capaz de hacer de este sector un rubro importante en el desarrollo económico y social del país, con el fin  primario de promover el desarrollo y la sustentabilidad en las comunidades donde está afincado cada proyecto minero. También, hacer que esta industria opere utilizando las mejores tecnologías modernas, haciendo a la vez compatible la operación con el menor impacto que se pueda causar al ambiente.

Orgánica de Funcionamiento

 

La Dirección de Fomento a la Minería se identifica  con las siglas (DEFOMIN), es una entidad desconcentrada de la Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, que funcionara con absoluta independencia técnica, administrativa, presupuestaria y de gestión.


La Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería (DEFOMIN), constituye la autoridad minera con jurisdicción nacional para conocer y agotar en vía administrativa todos los  asuntos que se señalan en la presente Ley.

Percepción Institucional sobre el Tema

 

Son atribuciones específicas de la Dirección Ejecutiva de Fomento a la Minería (DEFOMIN), las siguientes:

 

  1. Dirigir, coordinar, supervisar y ejecutar la Política  Minera Nacional.
  2. Otorgar, modificar y extinguir concesiones mineras y de beneficio y otros derechosobligaciones mineras de conformidad a esta Ley;
  3. Consolidar en un sistema de cuadriculas el área cubierta por las concesiones mineras, permisos generales de explotación y permisos especiales de explotación de canteras otorgadas bajo el régimen del Decreto No. 143 de fecha 26 de octubre de 1968;
  4. Fiscalizar, en coordinación con los Organismos competentes de la Secretaria de Estado en los Despachos de Trabajo y  Seguridad Social;  y, Salud, el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad de las empresas que realicen actividades mineras;
  5. Fiscalizar, en coordinación con los Organismos competentes de la Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, el cumplimiento de las normas de protección, restauración y manejo sostenible del ambiente, por las empresas minero-metalúrgicas;
  6. Consolidar, sistematizar, divulgar y mantener disponible en un Banco de Datos permanente y actualizado, información sobre los recursos minerales del país, a través de un plan de publicaciones, biblioteca abierta y disponibilidad de archivos magnéticos;
  7. Elaborar y Ejecutar el Manual de Política Ambiental Minera.
  8. Las demás que le confiere la Ley y su Reglamento.
 

 

 

Boulevard Miraflores, Avenida la FAO, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.